Requisitos de entrada de Venezolanos a Panamá
Si usted es venezolano y desea entrar a Panamá por cualquier motivo, debe saber los requisitos de entrada de venezolanos a este país. También es conveniente que esté al tanto de donde puede ubicar la embajada de Panamá en Venezuela y los requisitos para solicitar esta visa.
Visitar Panamá para hacer turismo se ha convertido en el sueño de extranjeros de todas partes del mundo. No solo por la infinidad de destinos turismos que este posee como sus playas, archipiélagos, sitios históricos, lugares para hacer ecoturismo, el Canal de Panamá; en fin cientos de lugares que lo convierten en un destino soñado.
Sin embargo existe otra cara de la moneda que lo convierte en un destino codiciado. El país del istmo es reconocido por ser un país muy estable a nivel político y económico. Y la crisis que golpea al país sudamericano Venezuela, ha traído como resultado un excesivo éxodo de venezolanos hacia cualquier país del mundo; sobre todo hacia países vecinos del continente americano como Perú, Colombia, Ecuador y entre estos Panamá. Situación que llevó al gobierno del país centroamericano a tomar medidas migratorias para un mejor control de inmigrantes en su nación. Esta medida es la solicitud de Visa Estampada a ciudadanos venezolanos que antes no era requerida. Medida que entró en vigencia a partir del 01 de octubre de 2017.
Requisitos de entrada para venezolanos
A partir del 01 de octubre de 2017, los ciudadanos venezolanos requieren de una visa para entrar a la nación panameña. Sin embargo aquellos ciudadanos pertenecientes al cuerpo de diplomáticos de esta nación están exceptuados. También quedan exentos de este decreto los venezolanos que posean visa de los siguientes países:
- Australia
- Canadá
- Estados Unidos y
- Reino Unido
- Estados de la Unión Europea
Aclaratoria: Para ello deben demostrar por lo menos una entrada al país que emite la visa, por lo menos en una ocasión.
Requisitos de Entrada a Panamá
- En primer lugar, Pasaporte con al menos tres meses de vigencia
- Boleto de regreso a país de origen o destino en caso de que se encuentre en tránsito en Panamá
- Solvencia Económica, la misma podrá demostrar a través de las siguientes opciones a nombre del solicitante:
- Cheque certificado o giro bancario
- Cheque de viajero
- Certificación bancaria de los últimos tres meses
- Declaración de renta del último año y/o cualquier otro documento que pueda probar su solvencia económica y que sea válida ante el Servicio Nacional de Migración
- Visa de Turista y
- Finalmente, Certificado internacional contra fiebre amarilla (Requerido a niños mayores de un año y hasta los 65 años de edad)
Requisitos para solicitud de Visa
- Solicitar visa electrónica en la página http://www.migracion.gob.pa. En la pestaña de Migración en Línea. Tenga en cuenta que si al entrar al sistema no ve la opción “llenar formulario”, no hay citas disponibles. Una vez acceda al link Solicitudes, debe ubicar Cita para Visa Estampada y por último a la bandera de Venezuela. Una vez en el formulario deberá seguir cada una de las instrucciones del comprobante de cita y llevarlo impreso el día de la cita.
- Diligenciar y llenar formulario de solicitud de visa
- Original y copia completa del pasaporte completo. (Mínimo tres mese d vigencia)
- Boleto aéreo o ticket electrónico
- Copia de cédula de identidad
- Tres fotos fondo blanco 5x5
- Cancelar suma vigente a la fecha, por servicios migratorios
- Prueba de solvencia económica, mínimo USD 500.00, la misma podrá demostrar a través de las siguientes opciones a nombre del solicitante:
- Cheque certificado o giro bancario
- Cheque de viajero
- Certificación bancaria de los últimos tres meses
- Declaración de renta del último año y/o cualquier otro documento que pueda probar su solvencia económica y que sea válida ante el Servicio Nacional de Migración
Según la actividad a la que se dediquen, pueden aspirar a la visa estampada las siguientes personas:
- Empleado de entidad pública o privada: Constancia de trabajo y último recibo de sueldo o certificación como trabajador independiente
- Pensionados o jubilados: Comprobante de pago y comprobante de alguno de los dos estados
- Comerciante independiente: Última declaración de renta
- Estudiante: Constancia de estudios que indique el periodo de vacaciones o en caso contrario que indique el tiempo de permiso para el viaje. Además debe indicar el año o semestre que está cursando
- Dependiente: Debe presentar una declaración o carta jurada de familiar a cargo de su desplazamiento. También de quien este a cargo de su sustento durante el viaje; documentación que pruebe tanto el parentesco como la solvencia económica.
- Invitación de residentes temporales o permanentes: Declaración jurada; copia autenticada de cédula de identidad panameña; Copia del pasaporte para extranjeros; copia de recibo de pago de servicio público, para constatar la dirección del responsable;
- Invitación de Entidad Pública: Carta de invitación
- Invitación Entidad Privada: Registro público; copia de aviso de operación; copia de clave operación de Zona Libre de Colón (en caso de ser necesario); copia de recibo de pago de servicio público, para constatar la dirección de la empresa, solvencia económica
- Menor de edad: El trámite debe ser realizado por alguno de los padres o representante legal. Certificado de nacimiento; Declaración jurada de permiso de viaje donde indique las condiciones de la visita a Panamá, nombre de la persona responsable durante la estadía así como la fuente del sustento para los gastos.
- Reservación confirmada del hotel (En caso de ser requerida)
- Último permiso otorgado por Migración Panamá (En caso necesario)
Consideraciones para Solicitud de visa Estampada
- El único ente para otorgar citas de solicitud de visa, es el sistema electrónico del Servicio Nacional de Migración de Panamá
- Forma de Pago: a.- Deposito en Banco Nacional de Panamá USD 60.00, desglosados en dos pagos: USD 50.00 por servicios migratorios y USD 10.00 por servicios consulares
- Si usted posee familiar en Panamá puede realizar el pago de los servicios migratorios en el Departamento de Tesorería de la sede del Sistema Nacional de Migración. Para el pago de servicios consulares debe depositar en la cuenta que se detalla en su comprobante de cita, en el Banco Nacional
- El sistema de citas electrónicas de la embajada de Panamá, es únicamente para autenticar documentos
Pasajeros en Tránsito
- Para aquellos venezolanos que vayan a estar en tránsito por más de 12 horas. La aerolínea encargada deberá suministrar la información del viaje a la oficina del Servicio Nacional de Migración
- Si va a hacer cambio de aerolínea en Panamá, necesitará presentar la visa estampa además de todos los requisitos migratorios. Tenga en cuenta que si no posee visa estampada no podrá ingresar a Panamá
- Si es ciudadano venezolano y reside en otro país, deberá tramitar la visa desde el país de residencia.
- Si la visa de algunos de los países que lo exoneran de visa, ha sido renovada y no ha sido usada la primera vez, no la podrá usar, por lo tanto deberá solicitar la visa estampada.
- Una vez en Panamá puede solicitar extensión de su visa estampada en el Servicio Nacional de Migración. Esta tendrá una duración máxima de 30 días.
La oficina del SNM en Panamá se encuentra en la avenida Cuba y calle 29. Además cuenta con oficinas en las siguientes localidades y provincias:
- David (Provincia de Chiriquí)
- Changuinola (Provincia de Bocas del Toro)
- Chitré (Provincia de Herrera) y
- Santiago (Provincia de Veraguas)
Requisitos para extensión de visa:
- Pasaporte, original y copia
- B/. 10.00
- Carta explicativa de prorroga de turista
- Boleto de retorno en avión
- Llenar formulario de prorroga (Este formulario puede solicitarlo al llegar al Aeropuerto de Tocumen)
- Los pasaportes venezolanos diplomáticos o de Naciones Unidas (Laissez Passer), no requieren visa estampada
Tips para el viajero a Panamá
- Al llegar al Aeropuerto Internacional cuenta con una oficina de La Autoridad de Turismo de Panamá (ATP). El horario es de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
- Tendrá acceso a la zona libre de impuestos del aeropuerto las 24 horas del día
- Cuenta con una línea de taxi a la salida del aeropuerto
- Existen líneas de autobuses pero no pasan cerca del aeropuerto, por lo que es recomendable por lo menos para llegar a la ciudad hacerlo en taxi. Si planea usar el transporte público deberá comprar la tarjeta del metro bus en el aeropuerto.
- El Balboa es la moneda oficial de Panamá y circula en igual valor y denominación al igual que el dólar. Solo que estas se encuentran solo en monedas, los billetes corresponden al dólar.
Disposiciones Legales
TÍTULO III
CATEGORÍA MIGRATORIA DE NO RESIDENTE
CAPÍTULO I - VISA DE TURISTA
Artículo 16
Las autoridades migratorias del Servicio Nacional de Migración expedirán visas de turismo válidas por un término no mayor de noventa (90) días, si los extranjeros cumplen con los requisitos exigidos por este reglamento y sin perjuicio de lo que establezcan los acuerdos internacionales ratificados por la República de Panamá y los principios de reciprocidad.
Artículo 17
Podrá solicitar visa de turista el extranjero que cumpla con los siguientes requisitos:
1. Completar el formulario de solicitud de visa
2. Presentar original y copia completa del pasaporte o documento de viaje con un mínimo de tres (3) meses de vigencia
3. Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje o tiquete electrónico
4. Copia del documento de identificación o carné de residencia del país donde tenga su domicilio
5. Aportar tres (3) fotografías
6. Pagar por los servicios migratorios la suma de cincuenta balboas (B/.50.00), al momento de la presentación ante el Servicio Nacional de Migración
7. Prueba de solvencia económica para su manutención y sustento según el término de estadía en el país, la cual no podrá ser inferior a quinientos balboas (B/.500.00) y se demostrará con alguna de las siguientes opciones:
a. Cheque certificado o giro bancario a nombre del solicitante; b. Cheques viajeros a nombre del solicitante; c. Certificación bancaria, con estado de cuenta de los últimos tres meses que refleje saldos disponibles; d. Tarjeta de crédito con el estado de cuenta de los últimos tres meses que refleje saldos disponibles; e. Declaración de rentas o su similar, del último año fiscal; f. Cualquier otro que pruebe sus ingresos y que sea aceptable para el Servicio Nacional de Migración
8. Por la actividad que realiza puede presentar:
- a. De ser empleado de entidad pública o privada: certificado de trabajo con último recibo de sueldo o acreditación de trabajador independiente
- b. De ser pensionado o jubilado: documento que demuestre la pensión o jubilación con su comprobante de pago.
- c. De ser independiente: declaración de renta del último año fiscal.
- d. De ser estudiante: una certificación del centro educativo que indique los estudios que esta cursando y el período de vacaciones, de no estar en tiempo de vacaciones debe estipular el tiempo que le fue concedido para viajar.
- e. De ser persona dependiente económicamente: declaración jurada de un familiar que se hace responsable de su desplazamiento y sustento durante su viaje; certificación de vínculo de parentesco y la prueba de solvencia económica
9. Copia del último permiso que le fue aprobado por la autoridad migratoria panameña (si procede).
10. Reservación de hotel confirmada, (si procede)
11. Declaración Jurada de quien invita (si procede) en cuyo caso podrá ser realizada por:
- a. Residentes temporales o permanentes o panameños desde Panamá, adjuntando lo siguiente según el caso: a.1. Copia autenticada de cédula de identidad personal del nacional; a.2. Copia de las generales del pasaporte y del documento de identificación personal del extranjero. a.3. Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos, donde conste la ubicación de la residencia del responsable.
- b. Representante legal de entidades públicas o privadas. En caso de ser una entidad pública, deberá presentar una carta de invitación. De ser una entidad privada, deberá adjuntar los siguientes documentos: b.1. Certificación del Registro Público; b.2. Copia del Aviso de Operaciones; b.3. Copia de la clave de operación de la Zona Libre de Colón (si procede). b.4. Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos donde conste la ubicación de la empresa responsable.
12. De aplicarse el numeral anterior, quienes invitan y se hacen responsables, a excepción de entidades públicas, deberán acreditar solvencia económica, a través de alguno de los siguientes documentos:
- a. Certificación bancaria
- b. Declaración de renta con su paz y salvo
- c. Carta de trabajo con última ficha de la Caja de Seguro Social.
- d. De asumir los gastos del invitado deben presentar, declaración jurada donde asuma su compromiso de cubrir su sustento durante su estadía y su repatriación en caso de ser necesario.
13. Cuando la solicitud sea para persona menor de edad, deberá hacerse por uno de sus padres o quien tenga la guarda y crianza debidamente acreditada, presentando certificado de nacimiento y declaración jurada donde el solicitante le otorgue autorización para salir del país, detallando el término de la visita y la persona que se hará responsable durante su estadía en nuestro país, así como la fuente de sustento económico para sufragar sus gastos.
Artículo 18
Todos los nacionales de países que no hayan suscrito acuerdo de supresión de visa con la República de Panamá, deberán tramitar ante el Servicio Nacional de Migración o las oficinas del Servicio Exterior, visas de turismo, según lo señale el listado que apruebe la autoridad competente.
Artículo 19
Aquellos nacionales de países que se les exima de este requisito se les expedirá una tarjeta de turismo, la cual será válida para permanecer en el país por un término no mayor de noventa (90) días, sin perjuicio de lo que establezcan los acuerdos internacionales ratificados por la República de Panamá y los principios de reciprocidad. La tarjeta de turismo causará derechos según señala el Código Fiscal.
Artículo 20
El Servicio Nacional de Migración podrá cancelar la tarjeta de turismo o visa de turismo, cuando no se cumplan con los principios de seguridad nacional, salubridad u orden público, y procederá a tomar las medidas que estime pertinentes para retornar, deportar o expulsar a los extranjeros en esta situación, cumpliendo con el debido proceso.
SECCIÓN 1ª EXTENSIÓN DE TURISTA
Artículo 21
El extranjero que ingrese al territorio nacional en calidad de turista a quien se le haya otorgado una visa por un término menor de noventa (90) días, previo concepto del Director General del Servicio Nacional de Migración, antes del vencimiento de la misma, podrá solicitar personalmente o mediante apoderado legal su extensión hasta completar un tiempo máximo de estadía de noventa (90) días.
Artículo 22
Para la aplicación de la extensión de turismo, los interesados deben presentar la siguiente documentación:
1. Solicitud de la extensión de visa de turismo
2. Copia completa del pasaporte, con una vigencia mínima de tres (3) meses
3. Copia del tiquete electrónico pagado
4. Reservación de hotel (si procede)
5. Justificar los motivos de la extensión de turismo
6. Prueba de solvencia económica para su manutención y sustento según el término de estadía en el país, la cual no podrá ser inferior a quinientos balboas (B/.500.00) y se demostrará con alguno de los siguientes documentos: a. Cheque certificado o giro bancario a nombre del interesado; b. Cheques viajeros a nombre del interesado; c. Certificación bancaria, con su estado de cuenta que refleje saldos disponibles; d. Tarjeta de crédito con su estado de cuenta, que refleje saldos disponibles; e. Cualquier otro que pruebe sus ingresos.
7. Declaración Jurada de quien invita (si procede) en cuyo caso podrá ser realizada por: a. Residentes temporales o permanentes o panameños, adjuntado lo siguiente según el caso: a.1. Copia de cédula de identidad personal; a.2. Copia de las generales del pasaporte y del documento de identificación personal del extranjero responsable. a.3. Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos, donde conste la ubicación de la residencia del responsable. b. Representante legal de entidades públicas o privadas. En caso de ser una entidad pública, deberá presentar una carta de invitación. De ser una entidad privada, deberá adjuntar los siguientes documentos: b.1. Certificación del Registro Público; b.2. Copia del Aviso de Operaciones; b.3. Copia de la clave de operación de la Zona Libre de Colón (Si procede). b.4. Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos donde conste la ubicación de la empresa responsable.
8. De aplicarse el numeral anterior, quienes invitan se hacen responsables deberán acreditar solvencia económica, a través de alguno de los siguientes documentos: a. Certificación bancaria; b. Última declaración de renta, con su paz y salvo; c. Carta de trabajo con ficha de la Caja de Seguro Social. d. De asumir los gastos del invitado deben presentar carta de responsabilidad.
Embajada de Panamá en Venezuela
Dirección: Hotel Eurobuilding, Centro Profesional, piso 8, Oficina D, Chuao, Caracas
Teléfono para visas: (0212) 992.48.19/ (0212) 992.70.58
Teléfono Embajada: (0212)992.90.93 - Fax: (0212)992.8421.
Horario: Lunes a Viernes Embajada de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.
Sección consular: 9:30 A.M. a 1:30 p.m.
Web: http://www.embajadadepanama.com.ve/
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BUENAS TARDES, NECESITO POR FAVOR INFORMACION SOBRE LOS REQUISITOS QUE NECESITAN LOS CIUDADANOS COLOMBIANOS , VENEZOLANOS Y AMERICANOS QUE VIVEN EN USA Y QUE QUIEREN VIAJAR A PANAMA O ENTRAN TRANSITORIAMENTE AL AEROPUERTO PARA CONTINUAR UN VUELO.
ME ES MUY NECESARIA ESTA INFORMACION YA QUE TENGO UNA AGENCIA DE VIAJES EN USA Y NO HAY MUCHA CLARIDAD EN OTROS MEDIOS SOBRE ESTE TEMA.
MUCHAS GRACIAS EN ESPERA DE SU RESPUESTA.